Normativa técnica

En España no existe normativa técnica específica para el reciclado de pavimentos de hormigón. Sin embargo, sí existen referencias sobre el empleo de áridos reciclados de hormigón en otras normativas, que se describen a continuación:

La ORDEN FOM/2523/2014 (BOE de 3 de enero de 2015) actualiza determinados artículos del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes (PG-3) en los que se recoge la posibilidad de utilizar los áridos reciclados procedentes de pavimentos de hormigón:

  • Art.510: ZAHORRAS. En el apartado 510.2.2.1 (Áridos, Características generales) se establece que sólo pueden utilizarse materiales granulares reciclados y áridos reciclados de residuos de construcción y demolición para las categorías de tráfico pesado T2 a T4, siempre que se declare el origen de los materiales y que se cumplan las prescripciones técnicas establecidas en este artículo. Asimismo, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP) deberán fijarse expresamente las condiciones para su tratamiento y aplicación. En el apartado 510.2.2.3.4 (Árido grueso, Resistencia a la fragmentación, Coeficiente de Los Ángeles) se indica que para materiales reciclados procedentes de capas de firmes de carretera el valor del coeficiente de Los Ángeles podrá ser superior en cinco (5) unidades a los valores exigidos para áridos naturales, siempre y cuando su composición granulométrica se adapte al huso ZAD20 especificado en el artículo.
     
  • Art. 513:   MATERIALES   TRATADOS   CON   CEMENTO (SUELOCEMENTO Y GRAVACEMENTO). En el apartado 513.2.3.1 (Materiales granulares, Características generales) se indica que tanto para el suelocemento, como para la gravacemento podrán utilizarse subproductos, residuos de construcción y demolición o productos inertes de deshecho siempre que cumplan las prescripciones técnicas exigidas en este artículo, y se declare el origen de los materiales. Las condiciones para el tratamiento y aplicación de estos materiales deben estar fijadas expresamente en el PPTP. En el apartado 513.2.3.4.1 (Características específicas del árido para gravacemento, Árido grueso) se establece que para las categorías de tráfico pesado T1 y T2, cuando se utilicen en capas de calzada materiales reciclados procedentes de pavimentos de hormigón, el valor del coeficiente de Los Ángeles (LA) deberá ser inferior a treinta y cinco (< 35).
     
  • Art. 550: PAVIMENTOS DE HORMIGÓN. En el apartado 550.2.4.1 (Áridos, Características generales) se indica que en la capa inferior de los pavimentos bicapa se podrán utilizar materiales granulares reciclados siempre que cumplan con las prescripciones técnicas exigidas en el artículo y se declare el origen de los materiales. Se exige que las condiciones para su tratamiento y aplicación estén fijadas expresamente en el PPTP. Aunque para el árido grueso (apartado 550.2.4.2) se exige, de forma general, que el coeficiente de Los Ángeles sea inferior a treinta y cinco (LA < 35), cuando en la capa de hormigón inferior de los pavimentos bicapa se empleen materiales reciclados procedentes de demoliciones de hormigones de resistencia a compresión final superior a treinta y cinco megapascales (> 35 MPa), se admitirá para ellos un valor del coeficiente de Los Ángeles inferior a cuarenta (LA < 40).
     
  • Art. 551: HORMIGÓN MAGRO VIBRADO. En el apartado 551.2.4.1 (Áridos, Características generales) se indica que se podrán utilizar materiales granulares reciclados siempre que cumplan con las prescripciones técnicas exigidas en el artículo y se declare el origen de los materiales. Se exige que las condiciones para su tratamiento y aplicación estén fijadas expresamente en el PPTP. Aunque para el árido grueso se exige, de forma general, que el coeficiente de Los Ángeles sea inferior a treinta y cinco (LA < 35), cuando se empleen materiales reciclados procedentes de demoliciones de hormigones de resistencia a compresión final superior a treinta y cinco megapascales (> 35 MPa), se admitirá para ellos un valor del coeficiente de Los Ángeles inferior a cuarenta (LA < 40).

Asimismo, la Norma 6.3 IC de rehabilitación de firmes (ORDEN FOM/3459/2003) establece lo siguiente en relación con el reciclado de firmes y pavimentos: “Prescripción de obligatoriedad de estudiar técnica y económicamente los materiales reciclados de firmes y pavimentos. Por consideraciones ambientales y de reutilización de los materiales existentes en los firmes y pavimentos, en aquellas actuaciones cuya superficie de rehabilitación sea superior a setenta mil (70.000) m2, se deberá considerar el empleo de las técnicas de reciclado, con las limitaciones y prescripciones que figuran en el anejo que acompaña a esta Orden”. En el apartado 7.4. de la norma se indican los criterios de aplicación de las técnicas de reciclado de firmes, que establecen determinadas restricciones al uso de materiales reciclados, en función de la categoría de tráfico pesado.

Por otro lado, el Código Estructural (30.8 Áridos reciclados) admite la utilización del árido grueso reciclado procedente de residuos de hormigón para su aplicación en hormigón estructural, con una máximo de 20 % en peso sobre el contenido total de árido grueso. Para la fabricación del hormigón de limpieza, podrá emplearse hasta un 100 % de árido grueso reciclado, siempre que éste cumpla con el apartado 30.8.

Además, la Guía Española de Áridos Reciclados procedentes de RCD (Proyecto GEAR), iniciativa de la Asociación Española de Gestores de RCD (GERD), da directrices para la    utilización de residuos de hormigón en capas de hormigón compactado con rodillo.